Nueva normativa sobre uso de móviles en nuestro instituto. | I.E.S. Suárez de Figueroa

Nueva normativa sobre uso de móviles en nuestro instituto.


14 de marzo de 2014
PLAN DE CONVIVENCIA
NUEVA NORMATIVA SOBRE LA UTILIZACIÓN DE TELÉFONOS MÓVILES O APARATOS ELECTRÓNICOS EN EL CENTRO
(Aprobada CONSEJO ESCOLAR del 9 de Enero de 2014 y que entrará en vigor con su publicación en la página web del instituto y previa comunicación a los padres)

1 No está permitido tener el teléfono móvil u otros aparatos electrónicos encendidos durante el horario lectivo en todo el reciento del centro. Dichos dispositivos deberán estar correctamente guardados, no quedando visibles bajo ninguna circunstancia.

2 Si en alguna materia por imperativos del currículo fuera imprescindible el uso de estos dispositivos como herramienta de trabajo, deberá estar reflejado en la Programación correspondiente y el profesorado pertinente deberá señalar el procedimiento de uso.

3 El Centro no se hará responsable de las pérdidas o sustracciones que de los mismos pudieran producirse, siendo su propietario el único responsable.
4 Los teléfonos móviles, cámaras de fotos, aparatos reproductores de música tipo MP3 o similares que incumplan el primer punto o sean utilizados en el Centro, serán recogidos por Jefatura de estudios y devueltos al día siguiente a sus propietarios o a los padres/madres o tutores/as si son menores de edad.
5 Reincidencia en la falta anterior. - El aparato quedará requisado en Jefatura de Estudios durante una semana. Se solicitará que el padre/madre o tutor del alumno nos ceda la custodia del dispositivo durante ese tiempo. De producirse la negativa de esta cesión la reincidencia será tramitada como falta grave con las sanciones oportunas.
6 De acuerdo con la legislación vigente no está permitido fotografiar ni filmar a las personas sin su consentimiento o el de sus padres/madres si son menores.
7 No está permitido mostrar ni difundir entre los miembros de la comunidad educativa a través de teléfonos móviles u otros aparatos tratos degradantes, vejaciones o agresiones e imágenes de mal gusto.
8 En el caso de que algún miembro de la comunidad educativa fuera objeto de fotografías o grabaciones no consentidas, el Centro podrá poner los hechos a disposición de las autoridades pertinentes.
9 La presencia del teléfono móvil en un examen será suficiente motivo para impedir la realización de dicha prueba y la no corrección de la misma.
10 Será circunstancia agravante el uso de teléfonos móviles para fotografiar exámenes y divulgarlos.
11 Durante las actividades complementarias o extraescolares realizadas fuera del centro podrán usarse los teléfonos móviles o reproductores de audio/vídeo, únicamente si lo autoriza el profesorado responsable de la actividad.
12 Si un alumno necesitara hacer una llamada urgente, lo comunicará al profesor, quien, tras valorar la situación, autorizará al alumno a acudir a Consejería para realizar la llamada.